Reglamento Interno

REGLAMENTO INTERNO DEL CLUB MTB QUILLOTA:
 
El Club MTB Quillota, es una organizacion deportiva de carácter privado, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y patrimonio, con plena capacidad de obrar para la práctica de sus asociados en actividades ciclistas, competitivas, formativas y recreacionales, ajustándose en su funcionamiento a principios democráticos y estando sometida a la legislación deportiva vigente.
 
ARTÍCULO 1º: El grupo de Club MTB Quillota está abierto a todos sus Socios. Su finalidad es fomentar el ciclismo y se regirá por el presente Reglamento, aprobado en la reunión del 02/12/2015.
 
ARTÍCULO 2º: Cada mes se confeccionará un programa de actividades que será aprobado por la Junta Directiva del Club. Dicho programa podrá sufrir modificaciones que a juicio de la Directiva y lo justifiquen.
 
ARTÍCULO 3º: En cada una de las programaciones la Directiva nombrará un Jefe de ruta, cuya misión será velar por la buena marcha de la misma. Todos los participantes deberán seguir sus indicaciones, siendo llamado a la atención quien no lo hiciese.
 
ARTÍCULO 4º: A todos los participantes en las excursiones organizadas por el Club, se les asignan kilómetros recorridos en su carrera en los siguientes ítems:
• Salidas oficiales del Club.
• Cicletadas y carreras representando al Club.
• La colaboración en las pruebas o eventos en general organizadas por el Club, será gratificada con los kms respectivos de la actividad.
 
La puntuación será única para todos los socios del Club.
La Directiva debe garantizar a todos los Socios la posibilidad de conseguir el máximo kilometraje.
 
ARTÍCULO 5º: En caso de mal tiempo se determinará la suspensión de la actividad por votación de los Socios que se presenten a la salida. Si se decide suspender cada uno de los asistentes se anotará 0 kms.
 
ARTÍCULO 6º: Cualquier socio que en una cicletada represente al Club, deberá acreditar su participación en la misma para tener derecho a la puntuación. Esta participación deberá ser notificada antes de los 30 días siguientes, en caso de que no sean agregados los kms correspondientes.
 
ARTÍCULO 7º: Al final de la Temporada se realizará la clasificación de los Socios sumando los kms que se hayan obtenido en cada una de las actividades. En caso de empate se tendrán en cuenta las salidas realizadas por cada uno. Si persiste el empate se clasificará en el mismo puesto. En caso de empate, se hará entrega de premio de la misma categoría a ambos socios.
 
ARTÍCULO 8º: Al finalizar la temporada se procederá al reparto de trofeos en el lugar que previamente se acordará.
 
ARTÍCULO 9º: Si en el transcurso de una excursión se produjese una avería o accidente que impidiera a algún Socio finalizar, éste tendría derecho a la puntuación total, así como el/los acompañantes que designe el Jefe de ruta.
 
ARTÍCULO 10: Todo integrante que desee participar en una cicletada está obligado a presentar la bicicleta en las debidas condiciones para efectuar el recorrido proyectado, así como llevar recambios de cámara, herramientas para su cambio, y conocer la forma de hacerlo.
 
ARTÍCULO 11: Las salidas oficial del Club serán los sábados o domingos y otros si hay actividad social del Club, sólo se puntuará esta.
 
ARTÍCULO 12: El pago de la cuota correspondiente a cada mes se deberá realizar antes del comienzo del siguiente. El Socio que al final de 3 meses tenga impagada dichas cuotas, perderá el derecho a todo tipo de beneficio del Club. El impago de 3 cuotas será motivo de baja en el Club.
 
ARTÍCULO 13: Para realizar una salida con el Club, será obligatorio el uso del casco y respetar las Normas de Seguridad del tránsito. También será obligatorio salir con la ropa oficial del Club (excepto motivo justificado) de no ser así de manera reiterada, se penalizará con el descuento de 10 kilómetros.
 
ARTÍCULO 14: Los socios participantes en cicletadas u otras actividades, tendrán que ir representando al Club correctamente uniformado, ya sea con su polera o con tricota.
 
ARTÍCULO 15: Todos los ciclistas que tuvieran menos de 14 y más de 55 años no están obligados a realizar excursiones de más de 30 km siendoles contados los puntos asignados en este día. En las excursiones en que hubiera recorridos diferentes, ambos obtendrán el mismo número de puntos.
 
ARTÍCULO 16: Para el buen control de asistencia a las salidas será imprescindible que los asistentes firmen la ficha de actividades, para asignarles los correspondientes kilometros, si no lo hicieran; salvo en casos excepcionales que serán resueltos por la Junta Directiva. El jefe del ruta será el encargado de la recogida de firmas y éste, se encargará de entregársela al encargado de las puntuaciones designado al efecto por la Junta Directiva. Las hojas de Ruta se conservarán por lo menos durante la temporada y estarán a disposición de los Socios que lo soliciten.
 
ARTÍCULO 17: Todos aquellos casos no citados en el presente Reglamento serán resueltos por la Junta Directiva, que en caso necesario podrá someterlo a la consideración de los Socios. Las dudas que tuviese algún socio sobre el presente Reglamento serán aclaradas por la Junta Directiva.
 
ARTÍCULO 18: El Club recomendará a todos sus Socios que estén en posesión de la Licencia Reglamentaria, La Junta Directiva podrá emprender las acciones que estime oportunas para fomentar la participación de los socios.
 
ARTÍCULO 19: Las salidas y llegadas de las excursiones serán desde el punto acordado y dependiendo del lugar de destino, salvo que previamente se especifique otro lugar por necesidades del recorrido.
 
ARTÍCULO 20: Al Socio que le sea encomendada alguna misión por la Junta Directiva que le impida realizar la excursión programada, tendrá derecho a la puntuación correspondiente.
 
ARTÍCULO 21: La hora de salida será la que se indique en el programa de eventos, concediéndose 10 minutos de cortesía antes de cerrar el control de firma e iniciar la actividad.
 
ARTÍCULO 22: Cada miembro del Club tendrá la mision de por lo menos 1 vez al año organizar y coordinar una salida con su ruta respectiva y realizar la guia de esta.
 
Club MTB Quillota